“DEL MARMOL AURELIO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO (ART. 14 CCABA)”, EXP 38952/0 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de octubre de 2010.-du I. Proveído de foja 127: 1. Téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a foja 91 y por ampliada la demanda 2. Téngase por presentados a los Señores Nelson Durisotti y Juan Manuel Chavarri, en el carácter de terceros voluntarios, por denunciado el domicilio real y por constituido el domicilio procesal. 3. En cuanto a la solicitud de medida cautelar, estése a lo proveído ut infra. II. Proveído de la presentación de fojas 129/170: Agréguese la documental acompañada y téngase presente. Téngase por ampliada la demanda. 3. Previo al dictado de la medida cautelar solicitada, en virtud de las particularidades del caso y en uso de las facultades conferidas por el artículo 29 del CCAyT, fíjese audiencia pública para el día martes 2 de noviembre a las 11.00 horas en el salón de actos de la Asociación de Abogados de Buenos Aires sito en Uruguay 485 PB de la CABA. A dicho fin, cítese a los actores Aurelio Celestino del Mármol, Alicia Beatriz López, Juana Bourquin y Gustavo Rafael Zunino con su letrada patrocinante Dra. María Carmen Arias Usandivaras; al amicus curiae Aníbal Ibarra; al Presidente del Directorio de la empresa CRIBA S.A y a sus letrados patrocinantes y/o apoderados; al Procurador General del GCBA, Dr. Ramiro Monner Sans; al Ministro de Ambiente y Espacio Público del GCBA, Cdor. Diego César Santilli; al Ministro de Desarrollo Urbano, Daniel Chain; al Presidente de la Comisión de Obras y Servicios Públicos de la Legislatura de la CABA, Fernando de Andreis y sus integrantes; a la Presidente de la Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura de la CABA, Silvina Aurora Pedreira y sus integrantes; al Presidente de la Comisión de Protección y Uso del Espacio Público de la Legislatura de la CABA, Oscar Zago y sus integrantes; al Presidente de la Comisión Especial de Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico de la Legislatura de la CABA, Patricio Di Stéfano y sus integrantes; al Presidente de la Agencia de Protección Ambiental, Francisco Javier Corcuera Quiroga; al Director General de Espacios Verdes, Luis Brian Lehmann; al Subsecretario de Mantenimiento de Espacio Público, Eduardo M. Villar; al Coordinador del Consejo del Plan Urbano Ambiental, Héctor A. Lostri; al Subsecretario de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, Jorge Osvaldo Sábato; a la profesional designado por la empresa CRIBA S.A para efectuar la tarea de trasplante de las especies arbóreas, Ing. Marta Saintotte. Notifíquese por oficio y/o cédula por Secretaría con habilitación de días y horas inhábiles a las partes y al amicus curiae. Déjese constancia que todas las notificaciones a los funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberán ser realizadas por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Hágase saber a la empresa CRIBA SA que deberá notificar a la Ing. Marta Saintotte. Asimismo, hágase saber que corresponderá a los Presidentes de las Comisiones de la Legislatura de la CABA citados ut supra notificar de la presente audiencia a los integrantes de las mismas. III. Proveído de la presentación que antecede: En virtud de lo solicitado, autorízase al presentante y/o a las personas autorizadas a extraer las fotocopias requeridas, debiendo ser acompañado para dicho acto por personal de la Mesa de Entradas
Dossier Desastre ambiental: El gobierno nacional decreta la emergencia climatologica. El Río Lujan, inundación, descontrol inmobiliario
Fotos: una calesita inundada en Lujan (octubre 2014) refleja los llamados de atención a la administración pública en materia de prevención ambiental. La segunda foto inferior a la primera es la Basílica de Luján en vista desde la recova donde se ve el reflejo la iglesia en el agua que formo la lluvia en la avenida principal, similar a un río. Estimados Alumn@s: Apenas finalizada la clase del día martes pasado, explicado que fuera el cambio climático, el tema de principio preventivo y las herramientas con que disponemos para la defensa del ambiente, tutelado por el art. 41 de la Constitución Nacional, una lluvia muy fuerte se desató sobre Buenos Aires, los perjuicios irrogados se sintieron mayormente en la zona de Pilar y Lujan. El agua se apoderó de la histórica recova de Lujan y avanza a paso raudo hacia la Basílica, postales de desolación recorren los medios. Entre tanto haciendo cuentas surgen cientos de evacuados, desesperación, perdidas materiales. Un dato no menos ...
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