8.02.2013 | Restringió el concepto de “Cuenca” Fuente: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Agencia de Protección Ambiental APRA ACUMAR: la Corte Suprema falló a favor de la Ciudad en defensa de su autonomía La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio lugar a un recurso de queja interpuesto por la Ciudad restringiendo el concepto de “Cuenca” sólo al territorio que abarca la misma y al que pueda tener relación directa o indirecta con su saneamiento, y no a todo el partido que la compone como había establecido el Juzgado Federal de Quilmes. De esta manera, la Autoridad de la Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR) sólo podrá ejercer sus facultades de regulación, control y poder de policía, en las cuatro comunas de la Ciudad relacionadas con la Cuenca: 4, 7, 8 y 9. La delimitación de la Cuenca Matanza-Riachuelo (CMR) a estas comunes se sustenta en la Ley de la Ciudad N°3.947/2011 de Declaración de Emergencia Social, Urbanística, Ambiental y Sanitaria de la CMR. La Corte