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Mostrando entradas de octubre, 2009

Bienvenidos

Comisión de Responsabilidad Civil por Daño Ambiental

Equipo de trabajo:
Prof. Dra. Aurora V.S. Besalú Parkinson (titular de la Comisión) Curriculum Vittae

Auxiliar docente Abog. Sebastian Quintana Ferrari

Auxiliar Docente: Abog. Laura Mori

Nuestro Correo Electronico ambientalabp@live.com.ar
Nuestro sitio de enseñanza: Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. www.derecho.uba.ar

Departamentos Académicos con competencia en nuestra materia:
- Departamento de Derecho Privado I (Dir. Dr. Oscar Ameal) - Departamento de Derecho Económico Empresarial (Dr. Daniel Roque Vítolo).
De conformidad a las resoluciones del Consejo Directivo de la Facultad de Derecho se brindan mediante sistema virtual a distancia

Atención / Contact Center alumnas/os:
sebastianquintana@derecho.uba.ar

Imprimí lo necesario y compartilo cuando termines, reducí, recicla y reutilizá.

CAMBIO CLIMATICO EN EL CLUB EUROPEO

“CAMBIO CLIMÁTICO: PERSPECTIVAS, CLAVES Y DESAFÍOS” Aportes interdisciplinarios para la crisis climática global SIMPOSIO organizado por: SOCIEDAD LATINOAMERICANA PARA EL DERECHO INTERNACIONAL CLUB EUROPEO UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES Proyecto UBACyT D-412 Facultad de Derecho TEMARIO PRIMER PANEL: El escenario climático mundial. Evidencias científicas del cambio climático. Vulnerabilidad de los sistemas socioeconómicos y naturales al cambio climático. Impactos, mitigación y adaptación. SEGUNDO PANEL: La responsabilidad internacional por el daño transfronterizo. El daño causado por hecho ilícito y por actividades de riesgo. Fundamentos y desarrollos. Los instrumentos internacionales sobre cambio climático. El enfoque global. Compromisos y mecanismos de flexibilización. TERCER PANEL: La Cooperación internacional para las estrategias de mitigación y adaptación. Los Fondos Ambientales universales y el cambio climático global. El mecanismo de Reducción de Emisiones por deforestación y degrada

PIUBACC ACTIVIDAD EN LA FACULTAD DE CS ECONOMICAS UBA

PROGRAMA PIUBACC Ciudad de Buenos Aires, 15 de Octubre de 2009 Señor/a Decano/a: Por la presente la Universidad de Buenos Aires y la Fundación Bariloche tienen el agrado de dirigirse a usted con el fin de invitarlo a asistir a la Conferencia-Debate “Impactos Económicos del Cambio Climático en Argentina”, la cuál es co-organizada por la Secretaría de Ciencia y Técnica, a través del Programa Interdisciplinario sobre Cambio Climático (PIUBACC), y por la Fundación Bariloche. La Conferencia se llevará a cabo el día Martes 3 de Noviembre del corriente, entre las 18 y las 21 horas, en el Salón de Usos Múltiples (S.U..M.) de la Facultad de Ciencias Económicas de nuestra Universidad. La Conferencia será pública y abierta, y contará con la participación de especialistas nacionales e internacionales en la materia. Adjuntamos el programa tentativo de la Conferencia para su mejor conocimiento. La realización de estas Jornadas se enmarca dentro de las actividades que la Un

TRAER LEIDO PARA LA PROXIMA CLASE 27-10

PARA EL PROXIMO DIA 27 DE OCTUBRE DE 2009 LEER LOS FALLOS - SCHOROEDER - AGUAS ARGENTINAS - EDESUR

Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible 2002

Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible Desde nuestro origen hasta el futuro 1. Nosotros, los representantes de los pueblos del mundo, reunidos en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible en Johannesburgo (Sudáfrica) del 2 al 4 de septiembre de 2002, reafirmamos nuestro compromiso en pro del desarrollo sostenible. 2. Nos comprometemos a construir una sociedad mundial humanitaria y equitativa y generosa, consciente de la necesidad de respetar la dignidad de todos los seres humanos. 3. Al comienzo de la Cumbre, los niños del mundo, con palabras sencillas y claras, nos han dicho que el futuro les pertenece y nos han desafiado a que actuemos de manera tal que ellos puedan heredar un mundo libre de las indignidades y los ultrajes que engendran la pobreza, la degradación ambiental y el desarrollo insostenible .4. Como parte de nuestra respuesta a esos niños, que representan nuestro futuro común, todos nosotros, venidos de todos los rincones de la tierra, co

Declaracion de Rio de Janeiro de 1992 sobre el medio ambiente y el desarrollo

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo Habiéndose reunido en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992, Reafirmando la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972, y tratando de basarse en ella,Con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas,Procurando alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial,Reconociendo la naturaleza integral e interdependiente de la Tierra, nuestro hogar,Proclama que: PRINCIPIO 1 Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. PRINCIPIO 2 De conformidad con la Carta de las Naciones

Declaracion de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente 1972

Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano Estocolmo, 5 al 16 de junio de 1972 La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano,Reunida en Estocolmo del 5 al 16 de junio de 1972.Atenta a la necesidad de un criterio y principios comunes que ofrezcan a los pueblos del mundo inspiración y guía para preservar y mejorar el medio ambiente humano.Proclama que:1. El hombre es a la vez obra y artífice del medio que lo rodea, el cual le da el sustento material y le brinda la oportunidad de desarrollarse intelectual, moral, social y espiritualmente.En la larga y tortuosa evolución de la raza humana en este planeta se ha llegado a una etapa en que, gracias a la rápida aceleración de la ciencia y la tecnología, el hombre ha adquirido el poder de transformar, de innumerables maneras y en una escala sin precedentes, cuanto lo rodea.Los dos aspectos del medio ambiente humano, el natural y el artificial, son esenciales para el bienestar del h

Ley General del Ambiente 25675

25675 LGA La Ley General del Ambiente de la Republica Argentina El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: LEY GENERAL DEL AMBIENTE Bien jurídicamente protegido ARTICULO 1º — La presente ley establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. A RTICULO 2º — La política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos: a) Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes actividades antrópicas; b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria; c) Fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión; d) Promover el uso racional y sustentable de los recurso