Para entender un poco más esta sentencia es bueno que sepas que:
En el decidendo de analisis, de la CSJN de julio de 2008 se resolvio que el Juzgado Federal de Quilmes a cargo del Dr. Armella fuera el juez, con amplias facultades, de ejecución de esta compleja sentencia.
Pero a lo largo de su gestión este magistrado se encontro con muchas resistencias por parte de la ciudadania y de otros magistrados, como ocurrió en un conflicto interjurisdiccional con el Dr. Gallardo del juzgado n|2 CAYT, siendo que la CSJN remarco que el unico juzgado de intervención en cuestiones de la cuenca es el Federal de Quilmes. A lo largo del camino fueron creciendo los reclamos vecinales donde frecuentemente se acusaba al juez de hacer negocios inmobiliarios y personales y solo estar preocupado por dejar libre el camino de sirga, sin tener en cuenta la realidad socioambiental de los vecinos, quienes no se sentian escuchados por la justicia.
Asi las cosas estalla mediante una investigación surgida en el matutino Pagina 12 una grave denuncia contra el Juez Armela acusandolo de tener vinculos con diversas contrataciones para mejoras en la zona de la cuenca y de abuso de poder.
Esto determinó que la CSJN quien es el ultimo escalon en materia judicial de esta sentencia, resolviera apartarlo del caso y designar a dos jueces para continuar con el proceso de ejecución de sentencia.
http://www.perspectivasur.com/2/nota_1.php?noticia_id=29990
http://www.cij.gov.ar/nota-10223-La-causa-contra-Armella-iniciada-por-la-Corte-recayo-ante-el-juez-Rodriguez.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-210333-2012-12-21.html
http://www.cij.gov.ar/nota-10217-La-Corte-Suprema-aparto-al-juez-Armella-y-pidio-la-intervencion-de-la-Justicia-penal-y-del-Consejo-de-la-Magistratura.html
Extracto de la Resolución de remoción del Juez Armella:
Buenos Aires, 1 .J eJe. c;'-U--
Autos y Vistos; Considerando:
Que frente al contenido y conclusiones de los informes
presentados por la Auditoría General de la Nación ante esta
Corte -con motivo tanto de la medida instructoria ordenada por
resolución del pasado 29 de agosto, como del requerimiento efectuado
el 18 de septiembre para la audiencia pública celebrada el
primero de noviembre-, el Tribunal debe adoptar con la mayor celeridad
las medidas que -por un lado- preserven la confianza de
la sociedad en la transparencia de los procedimientos cumplidos
ante los poderes del Estado; a la par que, además, permitan llevar
a cabo las investigaciones necesarias -por los órganos competentes-
con el objeto de juzgar las eventuales responsabilidades
de diversa índole que podrian resultar de los informes mencionados,
contra todos los presuntos involucrados, en las contrataciones
realizadas por Aguas y Saneamientos Argentinos S.A.
(AYSA) y Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del
Estado (CEAMSE) en cumplimiento del plan integral de saneamiento
de la cuenca.
Por ello se resuelve:
l. Extraer copia certificada de los informes mencionados
y remitirla al Consejo de la Magistratura de la Nación a
fin de que, en los términos del arto 114 de la Constitución Nacional,
tome intervención a los efectos de examinar la eventual
responsabilidad del señor titular del Juzgado Federal de Quilmes"
doctor Luis Antonio Armella.
-1-
11. Proceder con arreglo a lo dispuesto en el art.
177, inc. 10, del C6digo Procesa1 Penal de la Naci6n y remi tir
copia certificada de los informes mencionados a la Camara NacionaI
de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal para
que, mediante el sorteo de practica, desinsacule el juzgado que
habra de intervenir en la investigaci6n contra todos los presuntos
involucrados por la eventual responsabilidad penal que resultaria
de las actuaciones que se acompafian.
III. Apartar al sefior juez federal de Quilmes, doctor
Luis Antonio Armella, del conocimiento de todas las causas radicadas
ante ese juzgado con motivo de la competencia atribuida en
la sentencia del 8 de julio de 2008 (Fallos: 331:1622); y suspender
e1 tramite de dichas actuaciones hasta nueva orden del
TribunaI.
IV. Cumplase en e1 dia con las comunicaciones ordenadas.
.'
-/
-2CARMEN
M. ARGIBAY
JUAN CARLOS MAQUEOA
Uno que pudo obervar ciertamente el proceso de cerca y estar en contacto con los vecinos que claman ser escuchados, recuerda haber compartido varios auditorios con el Juez Armella quien no dejaba de lucir cierto perfil mediatico bastante patetico. Uno desde su humilde rol de docente ve con mucha tristeza aquellos maltratos a vecinos en varias conferencias despues de aireadas y lucidas exposiciones de quienes sufren a diario este problema tan serio como el que acontence en la cuenca Matanza Riachuelo.No seran alguno de estos vecinos, eruditos ni ambientalista "per se" pero sí saben de lo que es vivir a costa de sarpullido y complicaciones pulmonares crónicas, por no decir las traumaticas patologias que van desde diarreas y complicaciones estomacales hasta el mismo cancer. Todas patologias que muchas veces se logran unir en materia de nexo causal, gracias a nuestro ponderado principio precautorio.
En fin muchisima información que muchas veces nos excede el marco de esta comisión pero es bueno que sepas que pasa con algo que está más cerca de lo que imaginás. Beatriz Mendoza no solo es el leading case en materia ambiental mas reciente sino es una gran ventana a lo que ocurre en nuestro país y el estado de degradación institucional en que se encuentra la justicia, que clama ser reinvidicada no solo desde la belleza de la pluma de los magistrados, sino también desde la aplicación de soluciones efectivas y contundentes para evitar seguir propagando el peor de los males del hombre el olvido y la desigualdad.
Sebastian Quintana
Auxiliar
En el decidendo de analisis, de la CSJN de julio de 2008 se resolvio que el Juzgado Federal de Quilmes a cargo del Dr. Armella fuera el juez, con amplias facultades, de ejecución de esta compleja sentencia.
Pero a lo largo de su gestión este magistrado se encontro con muchas resistencias por parte de la ciudadania y de otros magistrados, como ocurrió en un conflicto interjurisdiccional con el Dr. Gallardo del juzgado n|2 CAYT, siendo que la CSJN remarco que el unico juzgado de intervención en cuestiones de la cuenca es el Federal de Quilmes. A lo largo del camino fueron creciendo los reclamos vecinales donde frecuentemente se acusaba al juez de hacer negocios inmobiliarios y personales y solo estar preocupado por dejar libre el camino de sirga, sin tener en cuenta la realidad socioambiental de los vecinos, quienes no se sentian escuchados por la justicia.
Asi las cosas estalla mediante una investigación surgida en el matutino Pagina 12 una grave denuncia contra el Juez Armela acusandolo de tener vinculos con diversas contrataciones para mejoras en la zona de la cuenca y de abuso de poder.
Esto determinó que la CSJN quien es el ultimo escalon en materia judicial de esta sentencia, resolviera apartarlo del caso y designar a dos jueces para continuar con el proceso de ejecución de sentencia.
http://www.perspectivasur.com/2/nota_1.php?noticia_id=29990
http://www.cij.gov.ar/nota-10223-La-causa-contra-Armella-iniciada-por-la-Corte-recayo-ante-el-juez-Rodriguez.html
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-210333-2012-12-21.html
http://www.cij.gov.ar/nota-10217-La-Corte-Suprema-aparto-al-juez-Armella-y-pidio-la-intervencion-de-la-Justicia-penal-y-del-Consejo-de-la-Magistratura.html
Extracto de la Resolución de remoción del Juez Armella:
Buenos Aires, 1 .J eJe. c;'-U--
Autos y Vistos; Considerando:
Que frente al contenido y conclusiones de los informes
presentados por la Auditoría General de la Nación ante esta
Corte -con motivo tanto de la medida instructoria ordenada por
resolución del pasado 29 de agosto, como del requerimiento efectuado
el 18 de septiembre para la audiencia pública celebrada el
primero de noviembre-, el Tribunal debe adoptar con la mayor celeridad
las medidas que -por un lado- preserven la confianza de
la sociedad en la transparencia de los procedimientos cumplidos
ante los poderes del Estado; a la par que, además, permitan llevar
a cabo las investigaciones necesarias -por los órganos competentes-
con el objeto de juzgar las eventuales responsabilidades
de diversa índole que podrian resultar de los informes mencionados,
contra todos los presuntos involucrados, en las contrataciones
realizadas por Aguas y Saneamientos Argentinos S.A.
(AYSA) y Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del
Estado (CEAMSE) en cumplimiento del plan integral de saneamiento
de la cuenca.
Por ello se resuelve:
l. Extraer copia certificada de los informes mencionados
y remitirla al Consejo de la Magistratura de la Nación a
fin de que, en los términos del arto 114 de la Constitución Nacional,
tome intervención a los efectos de examinar la eventual
responsabilidad del señor titular del Juzgado Federal de Quilmes"
doctor Luis Antonio Armella.
-1-
11. Proceder con arreglo a lo dispuesto en el art.
177, inc. 10, del C6digo Procesa1 Penal de la Naci6n y remi tir
copia certificada de los informes mencionados a la Camara NacionaI
de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal para
que, mediante el sorteo de practica, desinsacule el juzgado que
habra de intervenir en la investigaci6n contra todos los presuntos
involucrados por la eventual responsabilidad penal que resultaria
de las actuaciones que se acompafian.
III. Apartar al sefior juez federal de Quilmes, doctor
Luis Antonio Armella, del conocimiento de todas las causas radicadas
ante ese juzgado con motivo de la competencia atribuida en
la sentencia del 8 de julio de 2008 (Fallos: 331:1622); y suspender
e1 tramite de dichas actuaciones hasta nueva orden del
TribunaI.
IV. Cumplase en e1 dia con las comunicaciones ordenadas.
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-2CARMEN
M. ARGIBAY
JUAN CARLOS MAQUEOA
Uno que pudo obervar ciertamente el proceso de cerca y estar en contacto con los vecinos que claman ser escuchados, recuerda haber compartido varios auditorios con el Juez Armella quien no dejaba de lucir cierto perfil mediatico bastante patetico. Uno desde su humilde rol de docente ve con mucha tristeza aquellos maltratos a vecinos en varias conferencias despues de aireadas y lucidas exposiciones de quienes sufren a diario este problema tan serio como el que acontence en la cuenca Matanza Riachuelo.No seran alguno de estos vecinos, eruditos ni ambientalista "per se" pero sí saben de lo que es vivir a costa de sarpullido y complicaciones pulmonares crónicas, por no decir las traumaticas patologias que van desde diarreas y complicaciones estomacales hasta el mismo cancer. Todas patologias que muchas veces se logran unir en materia de nexo causal, gracias a nuestro ponderado principio precautorio.
En fin muchisima información que muchas veces nos excede el marco de esta comisión pero es bueno que sepas que pasa con algo que está más cerca de lo que imaginás. Beatriz Mendoza no solo es el leading case en materia ambiental mas reciente sino es una gran ventana a lo que ocurre en nuestro país y el estado de degradación institucional en que se encuentra la justicia, que clama ser reinvidicada no solo desde la belleza de la pluma de los magistrados, sino también desde la aplicación de soluciones efectivas y contundentes para evitar seguir propagando el peor de los males del hombre el olvido y la desigualdad.
Sebastian Quintana
Auxiliar
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