Esta nota nos cuenta en síntesis parte del fallo, en sus considerandos más destacados.
Que principios ves reflejados?, Como se aplicó la ley del ambiente 25675.
En que estará ahora esta sentencia?, fue apelada? quedó firme?.
Un hecho más que se suma a la preocupante situación de la minería en nuestro país como el caso Jachal y otros tantos. El rol de la participación ciudadana y los problemas generados por actividades que dejan más penitas que moneditas en las poblaciones afectadas.
Fuente: MOTOR ECONÓMICO, de Raúl Dellatorre
http://motoreconomico.com.ar/cruda-realidad/fallo-histrico-condenaron-por-contaminacin-a-la-minera-alumbrera
Que principios ves reflejados?, Como se aplicó la ley del ambiente 25675.
En que estará ahora esta sentencia?, fue apelada? quedó firme?.
Un hecho más que se suma a la preocupante situación de la minería en nuestro país como el caso Jachal y otros tantos. El rol de la participación ciudadana y los problemas generados por actividades que dejan más penitas que moneditas en las poblaciones afectadas.
Fuente: MOTOR ECONÓMICO, de Raúl Dellatorre
http://motoreconomico.com.ar/cruda-realidad/fallo-histrico-condenaron-por-contaminacin-a-la-minera-alumbrera
Fallo histórico: condenaron por contaminación a la Minera Alumbrera
Por primera vez una sentencia de la Justicia provincial en Catamarca ordena a la empresa a realizar las acciones necesarias para la recomposición integral de los daños ambientales causados en Concepción y Alpachiri.
El fallo judicial se desprende del juicio iniciado hace 10 años por los hermanos Carlos y Antonio Aranda en contra de empresa minera Alumbrera Ltda. y de Yacimiento Minero Aguas de Dionisio (YMAD) por contaminación.
“La sentencia que fue realizada por el juez civil de la II Nominación Eduardo Dip Tártalo del Centro Judicial Concepción, es clarísima; minera Alumbrera contamina, es un fallo ejemplificador y sienta una jurisprudencia histórica en nuestro país”, explicó Carlos Aranda.
En la sentencia, que fue apelada por los abogados de la empresa extranjera, el juez Dip Tártalo ordena a la empresa minera Alumbrera Ltda. Que:
“Realice todas las acciones necesarias para la recomposición integral de los daños ambientales causados por la actividad que desarrolla hasta la total desaparición de los agentes contaminantes del suelo y del aire, de las aguas superficiales y subterráneas, acompañando las pruebas necesarias al efecto”.
“Reponga a su estado anterior de las áreas deforestadas y sin vegetación a causa de la apertura de caminos, calles, locaciones, picadas, zanjas, canteras, mineraloducto y toda otra actividad que haya ocasionado la pérdida del manto vegetal”.
“Acompañe copias certificadas de los estudios sobre el agua de los ríos que cruza el mineraloducto en la provincia de Tucumán desde el año 1999 y que constituya o acredite haber formado el fondo de restauración ambiental previsto en el artículo 22 de la ley 25.675”.
“Acredite la contratación el seguro de cobertura al que refiere el artículo 22 de le ley 25.675 e informe el plazo de cobertura, atento al hecho notorio del retiro de la firma del país. Si ya hubiera dado cumplimiento a alguna de estas medidas o esté en curso de cumplimiento como consecuencia del cierre de la mina, informe tal situación a este juzgado”.
Por otra parte, en mismo fallo, el Juez aconseja al Poder Ejecutivo provincial, que por medio del Ministerio de Salud de la Provincia se proyecte la realización de un relevamiento actualizado de impactos tóxicos sobre la población de las cuencas de los Ríos Medina, Chirimayo y Gastona, con el objeto de detectar las enfermedades y/o patologías que guarden relación directa con la contaminación de los acuíferos de la zona y que se disponga su atención médica inmediata. Además, la Sociedad Aguas del Tucumán (SAT. SAPEM) deberá realizar un informe acabado sobre el estado del servicio de agua potable de la ciudad de Concepción, en la localidad de Alpachiri, y las proyecciones para ampliar y mejorar tal servicio.
Los hermanos Aranda denunciaron hace 10 años la contaminación del agua de Alpachiri y Concepción, de acuerdo a estudios y análisis realizados en laboratorios de Argentina, Canadá e Inglaterra, que involucra directamente a la empresa minera Bajo La Alumbrera, emplazada en la vecina provincia de Catamarca.
“Más allá que el magistrado no hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra la minera lo que nosotros en realidad queríamos era demostrar es que la empresa si contaminó y eso dejó bien en claro el fallo. Nosotros estamos tranquilos luchamos contra un monstruo que tenían a su disposición medios de comunicación, dinero, contactos políticos y más de 40 abogados contra nosotros dos y ganamos la pelea”, señalaron los hermanos.
(*) Fuente: El Federal on line/Primerafuente.com
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