Ir al contenido principal

Para entender hay que saber, importante fallo de la justicia de la República de Chile

Foto margen superior centro: Vista de la costa de Valparaiso, región homónima y su central termoeléctrica de Bahía Quintero. República de Chile
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia, que ordenó al Ministerio del Medio Ambiente entregar información respecto del monitoreo de las emisiones de las centrales termoeléctricas, ubicadas en la bahía de Quintero, Región de Valparaíso.
En fallo unánime la Quinta Sala del tribunal de alzada obliga a la cartera entregar la información solicitada por un ciudadano respecto de las emisiones de las centrales Ventanas, Nueva Ventanas y Campiche.
La sentencia del tribunal de alzada valida la determinación del CPLT, en el sentido que la información solicitada se encuentra en poder del Ministerio del Medio Ambiente, como continuado legal de la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema).
Según informó Poder Judicial, el fallo manifiesta que, desde la vigencia de la Ley 20.417, “los informes mensuales sobre el monitoreo continuo de emisiones que debían enviarse a la CONAMA Quinta Región- desde la creación del Ministerio del Medios Ambiente-, debían remitirse y, en consecuentemente, recibirse en éste último”. 
“Tal conclusión resulta plenamente corroborado con el Ordinario N° 165, que envía el Secretario Regional del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso a la Cámara de Diputados, en la que se reconoce expresamente que las Centrales Nueva Ventanas y Campiche, de acuerdo con lo resuelto en su Declaración de Calificación Favorable Ambiental, ellas reportan mensualmente a diversas instituciones, entre ellas, a la SEREMI del Medio Ambiente, los monitoreos sobre la calidad del aire así como los monitoreos de emisiones atmosféricas medidas en Chimenea", sostiene el fallo.
La resolución argumenta que una de las tareas de la cartera es “proponer las políticas ambientales así como los planes y programas destinados a la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos renovables e hídricos”.
Respecto a ello, expresa el fallo, “no es posible de advertir para esta Corte que pueda proponer programas en materia ambiental, si no conoce las condiciones atmosféricas, la calidad del aire y la contaminación y calidad ambiental de todo el territorio de la República”.
Fuente: La Tercera Grupo COPESA. Santiago de Chile.
Acceso a link:
http://www.latercera.com/noticia/nacional/2014/10/680-600208-9-corte-ordena-a-ministerio-del-medio-ambiente-informar-sobre-emisiones-de.shtml



Comentarios

Entradas populares de este blog

CONVERSATORIO NATURALEZA DE DERECHOS - PUEBLOS FUMIGADOS - 14 DE MAYO DE 2021

Estimadas/os alumnas/os: Ponemos a disposición parte de las intervenciones en el marco del Conversatorio de " INCORPORACIÓN AL CÓDIGO PENAL DE LOS DELITOS AMBIENTALES - AGROTÓXICOS Y DELITOS AMBIENTALES DESDE LA PERSPECTIVA Y PRAXIS JUDICIAL DE LOS PUEBLOS FUMIGADOS " que fue organizado por NATURALEZA DE DERECHOS y contó con la asistencia de personal judicial, abogados/as y activistas ambientales. Este evento fue moderado por el Dr. Jonatan Baldivieso del Observatorio de Derecho a la Ciudad.   Hemos subido algunas transcripciones de interés para que las puedan leer, sin perjuicio de poder acceder al soporte de video que acompañamos en el presente posteo.  Si bien nuestra comisión aborda temas de responsabilidad civil en materia ambiental, nos resulta también convocante tratar la problemática de las fumigaciones, porque claramente tiene un tratamiento en nuestro área de saberes. Muchas de las cuestiones aquí relatadas por los intervinientes hacen referencia a la necesidad de ...

Día de la Eficiencia Energetica: cambio climático, vivienda social, desarrollo sustentable

En el “Día Mundial de la Eficiencia Energética” La SAyDS presentó el Proyecto sobre viviendas sociales energéticamente eficientes Gacetilla de Prensa Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación 12/03/2013 http://www.ambiente.gov.ar/?aplicacion=noticias&idarticulo=11827&idseccion=12

Resoluciones finales causa "Riachuelo" (Beatriz Mendoza y otros c EN y otros) CSJN

9 de abril de 2024 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN  M. 1569. XL. ORI Buenos Aires, 9 de abril de 2024   Considerando: 1°) Que en la sentencia dictada el 8 de julio de 2008 en esta causa (Fallos: 331:1622), se condenó al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo a cumplir con el Plan Integral de Saneamiento Ambiental ("PISA"), que debe perseguir tres objetivos simultáneos, consistentes en la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la cuenca, la recomposición del ambiente en la cuenca en todos sus componentes (agua, aire y suelos) y la prevención de daños con suficiente y razonable grado de predicción (Fallos: 331:1622, considerando 17). Para cumplir estos objetivos, el Tribunal estableció ocho mandas relacionadas con los siguientes temas: (i) información pública; (ii) contaminación de origen industrial; (iii) saneamiento de basurales; (iv) limpieza de márgen...